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lunes, 16 de febrero de 2015

Bases Legales que soportan el Sistema Educativo Venezolano


 (JOSE ALZURO)

Un sistema educativo, es una estructura formada por diversos componentes que permiten educar a la población. Las escuelas, las universidades, las bibliotecas y los docentes, entre otros, forman parte de este sistema. El Estado es el responsable de la gestión y la regularización del sistema educativo. A través del Ministerio de Educación o de organismos similares, los gobernantes sientan las bases para el desarrollo de la educación en un territorio. Y está soportado por una serie de Leyes que la regulan, de esta manera se definen los programas de estudio y se establecen las pautas básicas de la escolaridad, entre otras cuestiones.
La Declaración Mundial sobre Educación para Todos y el Marco de Acción para Satisfacer las Necesidades Básicas de Aprendizaje, aprobados por la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos (Jomtien, Tailandia, marzo de 1990), han demostrado ser una guía útil para los gobiernos, las organizaciones internacionales, los educadores y los profesionales del desarrollo cuando se trata de elaborar y de poner en práctica políticas y estrategias destinadas a perfeccionar los servicios de educación básica.
Estos documentos representan, pues, un consenso mundial sobre una visión ampliada de la educación básica y constituyen un compromiso para garantizar que las necesidades básicas de aprendizaje de todos, niños y niñas, jóvenes y personas de edad adulta, se satisfacen realmente en todos los países.
Es por ello que el Gobierno Nacional se ve obligado a introducir una serie de cambios en el Sistema Educativo Nacional para poner en práctica las recomendaciones indicadas por el Organismo Internacional, todo ello soportado además en un andamiaje Legal que le de soporte.
En este sentido se crearon algunas Leyes necesarias para la aplicación de estos cambios así como la reforma de otras, para adaptarlas a las nuevas necesidades. Una de estas nuevas leyes es la “Ley Orgánica de Protección a los Niños, Niñas y Adolescentes” (LOPNA) que tiene por objetivo garantizar el disfrute pleno y efectivo de derechos y garantías al niño, niña y adolescentes, y el Plan de la Patria convertida en Ley. Dentro de las leyes reformadas se encuentra la Ley Orgánica de Educación y la propia Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Todo ello integrado a por los cuatro pilares de la educación (Conocer, Hacer, Vivir Juntos y Ser)
A partir de una serie de consideraciones hechas por la UNESCO en su “Declaración Mundial Sobre Educación para Todos” del año 1990 donde recomienda la necesidad de ofrecer a las generaciones presentes y venideras una visión ampliada de la educación básica y un renovado compromiso en favor de ella, para hacer frente a la amplitud y a la complejidad del desafío de que una adecuada educación básica es fundamental para fortalecer los niveles superiores de la educación y de la enseñanza y la formación científicas y tecnológicas y, por consiguiente, para alcanzar un desarrollo autónomo de los países. Dicha declaración intenta satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje para lo cual sugiere:
• Universalizar el acceso a la educación y fomentar la equidad;
• Prestar atención prioritaria al aprendizaje;
• Ampliar los medios y el alcance de la educación básica;
• Mejorar el ambiente para el aprendizaje;
• Fortalecer concertación de acciones.
Según las premisas de esa Declaración el Sistema Educativo Constituye la piedra angular para el desarrollo de un País y sus principios fundamentales estarán contemplados en sus leyes, en el caso de Venezuela  primordialmente en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de Educación; adicionalmente la LOPNA y el Plan de la Patria.
Nuestra constitución del año 1999 en el Capítulo VI referido a los Derechos Culturales y Educativos que comprende el articulado desde el Art. 102 hasta el Art. 111 se contempla que la educación es un derecho humano, en el Art. 103 se acoge a las recomendaciones hechas por la ONU-UNESCO en su declaración sobre educación (1990), en el resto de articulado de hace mención a todos los niveles de la educación.
Los principios constitucionales se expresan en la Ley Orgánica de Educación, y en las Disposiciones Generales de la Ley Orgánica de Educación, Titulo II, Capítulo I, se define al Sistema Educativo "como un conjunto orgánico, integrador de políticas y servicios que garanticen la unidad del proceso educativo, tanto escolar como extra-escolar y su continuidad a lo largo de la vida de la persona mediante un proceso de educación permanente. Asimismo, el sistema educativo se fundamenta en principios de unidad, coordinación, factibilidad, regionalización, flexibilidad e innovación".
En la creada Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente del año 1998 también se contempla desde los Art. 53 al Art. 63 referidos a garantizar el derecho a la educación de nuestros niños y adolescentes, regular su permanencia dentro del sistema y su interacción con los diferentes entes administrativos.
La mayoría de las leyes necesarias para la adaptación del nuevo sistema educativo se han actualizado, aunque quedan dos de particular importancia. La primera, el Reglamento de la Ley Orgánica de Educación y la segunda, la Ley de Universidades, esta última ha generado controversia en cuanto a la intención del gobierno nacional en violenta la autonomía Universitaria consagrada en la Constitución
Este soporte legal debe estar articulado de tal manera que permita cumplir los objetivos del sistema educativo,  en lo relacionado con las enseñanzas. Entre estos fines se encuentra:
·         Mejorar la educación y los resultados escolares,
·         Conseguir el éxito de todos en la educación obligatoria,
·         Aumentar la escolarización en el subsistema inicial, en media general  y en ciclos diversificados,
·         Aumentar las titulaciones profesionales,
·         Educar para la ciudadanía democrática,
·         Fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida,
·         Reforzar la equidad del sistema educativo.

BIBLIOGRAFÍA

Ministerio de Educación, Subsistema de Educación Inicial Bolivariana: Currículo y Orientaciones Metodológicas (Documento en Línea). Disponible: http://www.me.gob.ve/media/eventos/2008/dl_4819_101.pdf Consulta: [2015 Febrero 16]

UNESCO, Declaración Mundial sobre Educación para Todos (Documento en Línea). Disponible: http://unesdoc.unesco.org/images/0012/001275/127583s.pdf Consulta: [2015 Febrero 16]

Ministerio de Educación, Constitución Nacional de 1999 (Documento en Línea). Disponible: http://www.me.gob.ve/media/contenidos/2006/d_269_8.pdf Consulta: [2015 Febrero 16]


1 comentario:

  1. profesor Alzuro , esta muy congruente y acertado su comentario repecto a las leyes que sirven de soporte al sistema educativo en Venezuela, pero considera usted que estas leyes estan relacionadas a las exigencias educativas en el contexto historico social en nuestro páís.

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