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viernes, 20 de febrero de 2015

Sistema Educativo Bolivariano hacia una educación de calidad para todos y todas los venezolanos



Por: Licda. Dibri Amisadai Morales Herrera
 
El Sistema Educativo Bolivariano contempla entre sus fines fundamentales cumplir con el compromiso social de preparar y formar a un ser humano social e integral. Esta concepción curricular está sustentada en los pensamientos e ideales de libertad, justicia, igualdad, fraternidad, felicidad, unidad, originalidad y emancipación de Simón Rodríguez, Francisco de Miranda, Simón Bolívar y Ezequiel Zamora; así como en los planteamientos de pedagogos y pedagogas venezolanos, venezolanas,  latinoamericanos, latinoamericanas y universales como Luis Beltrán Prieto Figueroa, Belén Sanjuán y Paulo Freire.
       De manera que, el currículo del Sistema Educativo Bolivariano (SEB) fue diseñado para dar respuesta a la formación de un nuevo ciudadano y una nueva ciudadana afín con el modelo de sociedad propuesto, respondiendo con ello al nuevo modelo de desarrollo social, político, cultural y económico que lo sustenta.   Ello, le demanda una nueva concepción del proceso educativo, orientado por un modo de vida que centra su fuerza y su empuje hacia el desarrollo del equilibrio social, a través de las luces y las virtudes sociales, el trabajo liberador, la cohesión y equidad territorial y la conformación de un mundo multipolar; para la reconstrucción de la sociedad sobre las raíces libertadoras, desde una concepción humanística, ambientalista, intercultural e integracionista, impregnada de una energía popular y espiritual.
   Además, dicho proceso se fundamenta en una férrea identidad venezolana y una conciencia ciudadana de soberanía, que reconoce sus derechos y responsabilidades en el carácter participativo, protagónico y corresponsable que se expresa en el ámbito social, en la gestión pública y en el respeto y valoración a la diversidad étnica y cultural. Consustanciado con los valores de la identidad venezolana y con una visión latinoamericana, caribeña y universal, tal y como lo refleja la CRBV y la LOE.
       También,  se fundamenta en el pensamiento Robinsoniano lo  cual deriva la propuesta de la escuela como formadora para la vida, a través del aprendizaje para el trabajo, el quehacer creador y el pensamiento liberador de conciencias, como herramientas que permitan al ciudadano y la ciudadana la participación activa en la vida pública y política del país. Además, Rodríguez (1828), mediante una visión sistémica de la realidad, considera a la sociedad como una gran escuela formadora de ciudadanos y ciudadanas.
       La orientación del aprendizaje en el SEB se construye, entonces, sobre la base del ideario educativo de Simón Rodríguez, Simón Bolívar, José Martí, Paulo Freire, Luis Beltrán Prieto Figueroa y Belén Sanjuán; idearios que nutren ésta construcción curricular a través de sus conceptualizaciones sobre la finalidad de la educación, la escuela, él y la estudiante, el maestro y la maestra, el aprendizaje, las experiencias de aprendizaje y la evaluación.
       En consecuencia, se asume la educación como un proceso social que se crea en colectivo y emerge de las raíces de cada pueblo; como expresión de los procesos sociales, culturales y educativos, cuya finalidad es fomentar el pensamiento liberador, creador y transformador; así como la reflexión crítica, la participación ciudadana y los sentimientos de honor, probidad, amor a la Patria, a las leyes y al trabajo.      Asimismo, esta concepción del proceso educativo implica el desarrollo de las virtudes y principios sociales, y la asunción de una ciudadanía responsable de sus derechos y deberes públicos; todo ello, para lograr el desarrollo endógeno de los pueblos.
       La escuela se erige, entonces, en un centro del quehacer teórico- práctico, integrado a las características sociales, culturales y reales del entorno; en el cual los actores sociales inherentes al hecho educativo dialogan, reflexionan y discuten sobre el sentir, el hacer y los saberes acumulados, para construir conocimientos más elaborados que den respuesta a la comunidad y su desarrollo.
El subsistema de Educación Primaria Bolivariana garantiza la formación integral de los niños y las niñas desde los seis (6) hasta los (12) años de edad o hasta su ingreso al subsistema siguiente; teniendo como finalidad formar niños y niñas activos, reflexivos, críticos e independientes, con elevado interés por la actividad científica, humanista y artística; con un desarrollo de la comprensión, confrontación y verificación de su realidad por sí mismos y sí mismas; con una conciencia que les permita aprender desde el entorno y ser cada vez más participativos, protagónicos y corresponsables en su actuación en la escuela, familia y comunidad. Asimismo, promoverá actitudes para el amor y el respeto hacia la Patria, con una visión de unidad, integración y cooperación hacia los pueblos latinoamericanos, caribeños y del mundo.      
Este subsistema, al igual que los otros, se sustenta en los Pilares de la Educación Bolivariana presentados en el CNB: Aprender a Crear, Aprender a Convivir y Participar, Aprender a Valorar y Aprender a Reflexionar; propuesta pedagógica    innovadora    que   se   origina   de  las   ideas  de pensadores venezolanos y otros pensadores y otras pensadoras de Latinoamérica, el Caribe y el mundo; ideas con las cuales se promueve un cambio en el proceso de aprendizaje de los niños y las niñas, que supone una nueva forma de interpretar los saberes individuales para colectivizarlos desde la escuela y fortalecer el pleno ejercicio de la ciudadanía, en defensa de la soberanía venezolana, latinoamericana y caribeña. Asimismo, se pretende brinda orientaciones al maestro, la maestra y a la familia, a fin de contribuir a la formación de un ciudadano y una ciudadana integral, en sintonía con lo establecido en el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Cabe destacar, que la ley orgánica para la protección de los niños, niñas y adolescentes, en su artículo 53 contempla lo siguiente: Artículo 53. Derecho a la Educación. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la educación. Asimismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia.
Parágrafo Primero: El Estado debe crear y sostener escuelas, planteles e institutos oficiales de educación, de carácter gratuito, que cuenten con los espacios físicos, instalaciones y recursos pedagógicos para brindar una educación integral de la más alta calidad. En consecuencia, debe garantizar un presupuesto suficiente para tal fin.
Parágrafo Segundo: La educación impartida en las escuelas, planteles e institutos oficiales será gratuita en todos los ciclos, niveles y modalidades, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
   Es  evidente, que este artículo refleja los propósitos que persigue la educación, en relación a la formación de ciudadanos y ciudadanas sanos, cultos, críticos y aptos para convivir en una sociedad democrática.
Toda reflexión se inscribe y se visualiza en los pensamientos de grandes personajes como los que a continuación se citan ya para culminar.
“... ¿Qué importa que yo perezca para que viva un pueblo?...”
Simón Bolívar
“...o inventamos o erramos...”
Simón Rodríguez

“...Si mi compromiso es realmente con el hombre concreto, con la causa de su humanización, de su liberación, no puedo por ello mismo prescindir de la ciencia ni de la tecnología...”
Paulo Freire

“...En la escuela se ha de aprender a cocer el pan de que se ha de vivir luego...”
José Martí

BIBLIOGRAFÍA

Ministerio de Educación, Subsistema de Educación Inicial Bolivariana: Currículo y Orientaciones Metodológicas (Documento en Línea). Disponible:http://www.me.gob.ve/media/eventos/2008/dl_4819_101.pdf Consulta: [2015 Febrero 16]

UNESCO, Declaración Mundial sobre Educación para Todos (Documento en Línea). Disponible: http://unesdoc.unesco.org/images/0012/001275/127583s.pdfConsulta: [2015 Febrero 16]

Ministerio de Educación, Constitución Nacional de 1999 (Documento en Línea). Disponible: http://www.me.gob.ve/media/contenidos/2006/d_269_8.pdf Consulta: [2015 Febrero 16]

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